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jueves, 26 de octubre de 2023

Abierto el plazo de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Grado para actividades culturales de asociaciones durante 2023

Abierto el plazo de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Grado para actividades culturales de asociaciones durante 2023.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales a contar desde la publicación en el BOPA (se publicó hoy 26 de octubre de 2023) y las solicitudes deberán presentarse por medios electrónicos de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/721759).

La cuantía global de la convocatoria asciende a 12.000 €.

Objeto, beneficiarios y condiciones de la subvención:

1. La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas al fomento de actividades culturales realizadas por asociaciones, fundaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro durante el año 2023.

2. Se consideran como actividades o proyectos subvencionables los siguientes:

— Realización de actividades culturales en cualquier modalidad artística: artes plásticas, literarias, teatro, música y artes escénicas vinculados a Grado.

— Realización de programas generales de promoción cultural que favorezcan la participación de la población local y, en especial, de los más jóvenes.

— Realización de programas de actividades o actuaciones concretas que potencien y promocionen aspectos relacionados con la singular etnografía, historia y tradiciones del concejo de Grado, así como con los elementos culturales de la región.

3. En ningún caso tendrán la consideración de actividades o proyectos subvencionables los festejos, fiestas patronales, ni actividades lúdicas y vecinales (tipo viajes colectivos, festivales o jornadas gastronómicas, actividades deportivas y similares).

4. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia que, reuniendo los requisitos generales establecidos en artículo 11 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, cumplan los siguientes requisitos específicos:

* Que desarrollen actividades culturales en el término municipal de Grado.

* Que estén legalmente constituidas y dadas de alta en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Grado y/o en el Registro de Asociaciones Culturales del Principado de Asturias.

* Realicen los proyectos o actividades en Grado que motiven la concesión de la subvención.

* Estén al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

5. Las condiciones exigidas para ser beneficiario deberán darse en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse a lo largo de todo el proceso de tramitación de la ayuda hasta su liquidación. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la revocación o reintegro de la ayuda concedida.





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